El TSJ porteño fijó el RIPTE como índice para actualizar indemnizaciones por accidentes laborales

Es el primer fallo del máximo tribunal de la Ciudad tras el caso “Levinas” de la Corte Suprema. La decisión podría impactar en más de 1.900 causas laborales en trámite.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires resolvió por primera vez cómo deben actualizarse las indemnizaciones por accidentes de trabajo en el fuero laboral porteño, tras asumir competencia como instancia superior a raíz del fallo “Levinas” de la Corte Suprema.

En una decisión de alto impacto, el TSJ revocó una sentencia de la Cámara Nacional del Trabajo y fijó que las actualizaciones deberán realizarse conforme al índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), que refleja la evolución promedio de los salarios.

El fallo fue dictado por mayoría, con las firmas de los jueces Inés M. Weinberg (presidenta), Luis Lozano, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi. La jueza Alicia Ruiz votó en disidencia.


Un fallo que sienta precedente

El caso resuelto —“Boulanger c/Provincia ART”— se originó en un accidente ocurrido en febrero de 2023. El juez de primera instancia había determinado una incapacidad del 21% y fijó una indemnización ajustada por una tasa de interés bancaria. Ambas partes apelaron.

La Cámara Nacional del Trabajo, al revisar el caso, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019, que establece la aplicación del RIPTE, y dispuso en cambio una actualización por el índice CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia). La aseguradora Provincia ART recurrió esa decisión ante el TSJ, alegando que el CER generaba un monto desproporcionado y no representaba una tasa de interés válida.


Lo que dijo el TSJ

El TSJ porteño consideró que la Cámara declaró inconstitucional el DNU sin analizar si su aplicación perjudicaba al trabajador, quien además había solicitado expresamente que se aplicara el RIPTE.

En su análisis, el Tribunal también cuestionó la forma en que la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) había reglamentado el DNU mediante la Resolución 1039/2019, ya que proponía calcular la actualización mediante una suma aritmética de variaciones diarias del RIPTE, en lugar de comparar directamente el índice desde la fecha del accidente hasta el pago efectivo.

Esa metodología, señaló el TSJ, alteraba el sentido original de la ley y fue declarada inaplicable.


Dos fórmulas, una gran diferencia

El impacto de esta diferencia metodológica es significativo. Según el cálculo de la sumatoria diaria (SSN 1039/2019), la indemnización ascendía a $40,3 millones a julio de 2025. En cambio, si se aplica la variación total del RIPTE como ordena ahora el TSJ, el monto llega a $87,8 millones.


¿Qué cambia a partir de ahora?

Con esta decisión, el máximo tribunal porteño no solo valida la aplicación del DNU 669/2019, sino que también aclara cómo debe computarse correctamente el RIPTE.

Este fallo podría marcar el rumbo en las más de 1.900 causas laborales en trámite en la Justicia porteña, de las cuales el 70% corresponde a indemnizaciones por accidentes de trabajo. El 30% restante involucra despidos u otros conflictos laborales.

Desde el TSJ esperan que el nuevo criterio contribuya a reducir la litigiosidad, acelerar los procesos y brindar mayor seguridad jurídica.

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