El texto autoriza medidas excepcionales en seguridad, economía y política tras denunciar una “agresión armada” de Estados Unidos
La presidenta interina de Venezuela, Delcy Rodríguez, declaró este lunes el Estado de Conmoción Exterior en todo el territorio nacional, luego de denunciar una supuesta “agresión armada por parte de Estados Unidos”, en el marco de la crisis abierta tras la captura del ex dictador Nicolás Maduro.
La medida quedó formalizada a través del Decreto N° 5.200, fechado el sábado y firmado por Maduro antes de su detención, luego refrendado por el gabinete chavista. El texto, publicado en la Gaceta Oficial, habilita la adopción de medidas excepcionales en materia de seguridad, economía, sociedad y política, bajo el argumento de un escenario de “hostilidad externa sin precedentes”.
El decreto sostiene que el supuesto ataque constituye una “grave violación de la integridad territorial, soberanía e independencia de la Nación”, y lo encuadra como una infracción al Derecho Internacional, con mención expresa al artículo 2, numeral 4, de la Carta de las Naciones Unidas.
Marco legal y despliegue militar
La declaración del Estado de Conmoción Exterior está prevista en los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución venezolana y regulada por la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción. Su entrada en vigor implica la movilización inmediata de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y la orden de emplear “todo el potencial existente como poder nacional” para enfrentar la situación.
Entre las primeras disposiciones figura la militarización transitoria de servicios públicos, la industria petrolera y las industrias básicas, cuyos trabajadores pasan temporalmente a un régimen de control militar. También se refuerza el control de fronteras terrestres, aéreas y marítimas.
Búsqueda y captura de personas
Uno de los puntos más controvertidos del decreto es la habilitación expresa a la búsqueda y captura de personas señaladas por promover o apoyar el presunto ataque extranjero.
“Los órganos de policía nacionales, estadales y municipales deberán emprender de manera inmediata la búsqueda y captura en todo el territorio nacional de toda persona involucrada en la promoción o apoyo del ataque armado de Estados Unidos de América contra el territorio de la República”, establece el texto, con el objetivo de someterlas a juzgamiento.
La directiva impone la colaboración obligatoria de todos los cuerpos policiales y ordena la remisión de los detenidos al Ministerio Público y al sistema de justicia penal.
Atribuciones excepcionales
El decreto también faculta al Ejecutivo a requisar bienes esenciales para la defensa nacional, restringir o suspender el ingreso al país, cerrar fronteras, limitar la circulación interna y suspender reuniones y manifestaciones públicas.
Asimismo, habilita la exigencia de cooperación a personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, e incluso la imposición de servicios extraordinarios. La Milicia Nacional queda incorporada plenamente al Sistema Defensivo Territorial y bajo comando operativo.
El texto aclara que todas las medidas deberán ser “proporcionales a la gravedad, naturaleza y alcance” de la situación que se pretende afrontar.
Vigencia y control institucional
La duración inicial del Estado de Conmoción Exterior es de 90 días, con posibilidad de una prórroga por igual período. Desde su entrada en vigencia quedan suspendidas las normas incompatibles con el decreto, que será remitido a la Asamblea Nacional y al Tribunal Supremo de Justicia para su control formal.
En el cierre del documento, el Gobierno exhorta a la población a “asumir activamente” la defensa de la Nación y a colaborar con la implementación del decreto “en unión cívico-militar-policial”.
La publicación en la Gaceta Oficial le confiere fuerza de ley inmediata, según certificó el Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial.