El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 16 declaró la “falta de acción” y archivó el expediente tras la renuncia sucesiva de los abogados de la denunciante.
El intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, fue sobreseído este miércoles en la causa en la que estaba imputado por presunto abuso sexual contra su exsecretaria privada, Melody Jacqueline Rakauskas. La decisión fue tomada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 16 de la Ciudad de Buenos Aires, que aplicó la figura procesal de falta de acción tras la discontinuidad de la acusación judicial.
La jueza Inés Cantisani concluyó que, al quedar Rakauskas sin patrocinio letrado tras la renuncia consecutiva de tres abogados, la acción penal no podía sostenerse formalmente. En consecuencia, dictó el sobreseimiento del jefe comunal y ordenó el archivo del expediente, aunque el caso podría reabrirse si prospera una apelación ante instancias superiores.
Motivos del fallo
El tribunal fundamentó su decisión en la falta de impulso de la acción penal por parte de la querellante. La renuncia sucesiva de los letrados que representaban a Rakauskas impidió que la acusación continuara con patrocinio formal, un requisito esencial para sostener un proceso penal en Argentina.
Los registros del fallo indican que, más allá de las instancias previas, no se intentará llevar la causa a un juicio oral, dado que no existe una parte acusadora con representación legal vigente. En el proceso penal argentino, la ausencia de una querella con patrocinio puede determinar la extinción de la acción, tal como ocurrió.
Antecedentes de la causa
El expediente se originó a partir de una denuncia presentada por Rakauskas, quien había trabajado como secretaria privada de Espinoza. En su presentación, la mujer relató que, en mayo de 2021, se habrían producido hechos de connotación sexual no consentidos durante reuniones con fines laborales en su domicilio. La denuncia incluía descripciones de tocamientos e insinuaciones por parte del jefe comunal, hechos que Espinoza negó.
En el curso de la investigación, el propio tribunal había procesado a Espinoza por los delitos de “abuso sexual simple” y “desobediencia a una orden judicial” en 2025, y ese procesamiento fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que rechazó un recurso presentado por la defensa en octubre pasado, lo que dejaba la causa próxima a un juicio oral.
“Falta de acción” y cierre del expediente
La figura de falta de acción es una causal procesal que opera cuando la parte acusadora no cumple con los requisitos formales necesarios para sostener la acción penal. En este caso, la jueza Cantisani concluyó que la ausencia de patrocinio legal por parte de la denunciante constituyó tal causal, lo que llevó al cierre técnico y al sobreseimiento del intendente.
El fallo también detalló que Rakauskas recibió múltiples intimaciones para designar un nuevo abogado y garantizar la continuidad de la querella, pero no se presentó a dichas notificaciones, lo que motivó la decisión del tribunal.
Posibles pasos legales
La resolución judicial no agota todas las instancias posibles. El sobreseimiento puede ser apelado ante tribunales de alzada, y la acusación de Rakauskas anunció que evaluará recurrir la decisión ante cortes superiores o cámaras de apelaciones, en busca de revertir la situación procesal.
Por ahora, Espinoza no enfrenta un juicio oral por estos hechos, y el expediente quedó cerrado en esta instancia judicial tras más de cuatro años de proceso, que incluyeron etapas de instrucción, procesamiento y pronunciamientos de instancias superiores