El presidente Javier Milei firmó este viernes la promulgación de la Ley de Modernización Laboral, que desde este momento rige para todos los trabajadores del sector privado de la Argentina. La norma, registrada como Ley 27.802 y puesta en vigencia a través del Decreto 137/2026 publicado en el Boletín Oficial con las firmas del Presidente, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, había sido aprobada por el Congreso el 27 de febrero pasado con 42 votos a favor, 28 en contra y 2 abstenciones en el Senado. Es una de las reformas estructurales más ambiciosas del programa de gobierno libertario y la primera modificación profunda del régimen laboral argentino en décadas.
La ley tiene 218 artículos organizados en 26 títulos y modifica de manera transversal la Ley de Contrato de Trabajo vigente desde 1976, el régimen sindical, el procedimiento laboral y el sistema tributario vinculado al empleo. Sus cuatro ejes principales son la flexibilización del esquema de contrataciones, una reforma profunda del sistema de indemnizaciones, nuevos mecanismos para desalentar la litigiosidad laboral — lo que en el sector empresario se conoce como «la industria del juicio» — y una batería de incentivos fiscales para fomentar la creación de empleo registrado.
El cambio más estructural es la creación del Fondo de Asistencia Laboral, que comenzará a aplicarse el 1° de junio de 2026. Este fondo de cese obligatorio reemplaza gradualmente el esquema clásico de indemnización por despido sin causa. Bajo el nuevo sistema, cada empleador deberá constituir una cuenta individual e inembargable para cada trabajador, administrada por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores. El dinero acumulado en ese fondo reemplazará, en los casos en que la empresa adhiera al régimen, la indemnización tradicional de un mes de sueldo por año trabajado. Los trabajadores, a su vez, conservarán acceso a los fondos bajo condiciones que la reglamentación deberá precisar.
En materia de contrataciones, la ley amplía la lista de sujetos excluidos del régimen laboral tradicional. Se incorporan expresamente los trabajadores independientes de plataformas tecnológicas — deliverys, conductores de aplicaciones de transporte — que ahora quedan bajo un régimen específico diferenciado. También se habilita el pago de salarios en moneda extranjera, una novedad que en el contexto de desregulación financiera impulsada por el Gobierno tiene implicancias directas para sectores que operan con dólares. En jornada laboral, se formalizan el banco de horas y el fraccionamiento de vacaciones, y se permite compensar horas extras bajo acuerdos individuales o colectivos, siempre respetando los descansos legales mínimos.
La reforma sindical es otro de los capítulos de mayor impacto político. La ley establece que todos los convenios colectivos de trabajo vencidos deberán renegociarse en un plazo de un año desde la promulgación. Fija además nuevas reglas de articulación entre convenios: un convenio colectivo de ámbito mayor no podrá modificar ni suprimir el contenido de los convenios de ámbito menor, y el convenio de empresa prevalece dentro de su ámbito específico. Esto implica una descentralización de la negociación colectiva que las centrales sindicales ya calificaron como un ataque a su poder de representación.
En el plano tributario, la ley crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, con contribuciones patronales reducidas para nuevas contrataciones durante los primeros 48 meses de cada relación laboral. También lanza el programa Promoción del Empleo Registrado, que permite regularizar relaciones laborales informales existentes con condonación de al menos el 70% de las deudas previsionales, extinción de acciones penales y planes de pago de hasta 72 cuotas. Además elimina impuestos internos sobre seguros, telefonía celular y satelital, automóviles, embarcaciones y aeronaves, medida que entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a la promulgación. Las centrales sindicales y la oposición ya anticiparon que impugnarán la norma tanto en el ámbito político como en la Justicia laboral, argumentando que la reforma consolida la precarización del trabajo. El Gobierno responde que el marco anterior, diseñado para una economía que ya no existe, es el principal obstáculo para la creación de empleo formal en el país.