Mediante un decreto, el Gobierno aplicará el impuesto al cheque a la compraventa de criptomonedas

 

Las operaciones con criptomonedas estarán gravadas con el impuesto a los créditos y débitos bancarios, conocido popularmente como impuesto al cheque, según el decreto 796/21 publicado hoy en el Boletín Oficial.

El artículo 7 de la norma, que lleva la firma del ministro de Economía, Martín Guzmán, señala que “las exenciones previstas en este decreto y en otras normas de similar naturaleza no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares, en los términos que defina la normativa aplicable”.

Según las primeras interpretaciones del decreto, la aplicación del impuesto no recaerá en forma directa sobre el comprador final de las criptomonedas, sino sobre las cuentas recaudadoras de las billeteras que realizan esa operación. Es en ese caso en que no aplicarán las exenciones que caben al resto de las operaciones de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), la denominación técnica de las fintech, los que no tributarán el impuesto a excepción de que comercialicen criptomonedas.

El decreto del Poder Ejecutivo señala que “resulta prudente limitar las exenciones vigentes en el caso de intervenir determinados instrumentos, tales como monedas digitales o similares”

En sus fundamentos, el decreto señala que la intención del gobierno explicitada al momento de presentar el Presupuesto es que “el mismo busca ser la hoja de ruta para las políticas públicas hacia una economía más tranquila, con más oportunidades para todas y todos, junto con la definición de un sendero fiscal sostenible en el mediano plazo”.

El texto agregó que “en este contexto, resulta prudente limitar las exenciones vigentes en el caso de intervenir determinados instrumentos, tales como monedas digitales o similares”.

Deja un comentario

Desarrollo Web Efemosse