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El proyectil se percutó por inercia al apoyar el bolso escolar en el suelo frente a compañeros y docentes. Milagrosamente no hubo heridos. En simultáneo, la Cámara de Apelaciones anuló la cautelar de la jueza María José Pascual, dejando plenamente operativa la nueva Ley Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires.
La comunidad de González Catán, en el corazón del partido de La Matanza, quedó sumida en un estado de estupor absoluto tras registrarse un gravísimo incidente armado dentro del aula de un establecimiento escolar. Lo que comenzó como el inicio de una jornada de clases habitual se transformó en una escena de histeria, llanto y evacuación cuando un arma de fuego cargada, guardada clandestinamente en la mochila de un estudiante de 15 años, se detonó de forma involuntaria en el momento exacto en que el bolso cayó o fue apoyado contra el piso del salón. El disparo, percutado a escasos centímetros de los bancos donde se sentaban otros adolescentes, perforó el espacio y se incrustó en la pared, evitando de manera milagrosa un desenlace fatal que pudo haber enlutado a toda la provincia.
El episodio provocó una alarma inmediata en los pasillos y patios del colegio. Alertados por el estruendo metálico y las corridas desesperadas del cuerpo docente y estudiantil, los directivos activaron de urgencia el protocolo de crisis y llamaron al 911. Minutos después, los móviles del Comando de Patrullas arribaron al establecimiento para asegurar el perímetro y resguardar la mochila en cuestión, dando intervención a la Policía Científica y a los funcionarios del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil de La Matanza.
La mecánica del disparo y el peritaje balístico
Cuando los efectivos policiales y los peritos de balística inspeccionaron el contenido del bolso escolar entre cuadernos y carpetas, confirmaron la gravedad extrema del cuadro: se trataba de un arma corta de fuego apta para el disparo, sin marca visible a simple vista y con su numeración registral presente.
El examen pericial de los peritos en el lugar constató que el arma se encontraba completamente cargada:
- Contaba con cinco municiones intactas alojadas en su interior.
- La sexta munición estaba percutada, correspondiendo de manera directa con la detonación que perforó el aula.
La pericia mecánica preliminar determinó que la aguja percutora se accionó por efecto del choque físico contra el suelo. El mecanismo carecía de seguros activos o presentaba una falla por desgaste, lo que permitió que la simple inercia del golpe venciera la resistencia interna y percutara el cartucho sin necesidad de que el menor jalara de manera deliberada la cola del disparador. La causa fue caratulada de manera preventiva como portación ilegal de arma de fuego.
El fallo de Cámara: cayó el amparo de la jueza Pascual
El incidente en el colegio de La Matanza no ocurrió en una fecha cualquiera: coincidió de forma exacta con un verdadero terremoto institucional y judicial en los tribunales bonaerenses. La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal resolvió revocar el fallo de la jueza María José Pascual, magistrada que había dictado una medida cautelar frenando la aplicación efectiva de la ley que bajó la edad de punibilidad a los 14 años en el territorio provincial.
La jueza Pascual había emitido ese amparo argumentando serias dudas sobre si la Provincia contaba con la infraestructura edilicia, los centros especializados de detención y el personal interdisciplinario necesario para alojar y contener a jóvenes de 14 y 15 años bajo los estándares internacionales de derechos humanos y protección de la niñez. Frente a esa cautelar, el Ministerio Público Fiscal interpuso una apelación de fondo que fue finalmente convalidada por el tribunal de alzada.
La Cámara consideró que un magistrado no puede, mediante una resolución provisoria de carácter general, paralizar la vigencia de una legislación sancionada por los canales institucionales pertinentes. Al revocar el amparo, la Justicia restableció plenamente la operatividad del nuevo marco: los menores de 14 y 15 años vuelven a ser formalmente imputables y judicializables en el marco del sistema penal juvenil, quedando sujetos a medidas cautelares privativas de la libertad, internaciones en regímenes cerrados y sanciones penales ante hechos calificados graves.
Debate social y la desprotección en las escuelas
La sincronía entre el revés judicial al garantismo y el balazo en el aula de González Catán reavivó una demanda que atraviesa a docentes y familias por igual: la vulnerabilidad de las escuelas ante el ingreso de armas. Dirigentes gremiales y directivos escolares expusieron su impotencia operativa frente a normativas que impiden revisar mochilas o colocar detectores de metales por temor a judicializaciones por invasión de la privacidad.
En la puerta del establecimiento, decenas de padres autoconvocados exigieron respuestas firmes sobre cómo llegó un arma cargada a manos del menor y demandaron que la fiscalía investigue a fondo a los adultos convivientes. El Código Penal castiga con dureza a los titulares o guardadores que, por negligencia o entrega deliberada, permiten que un arma de fuego quede al alcance de niños y adolescentes. Mientras un equipo de contención psicológica asiste a los alumnos que presenciaron el tiro, la sociedad bonaerense asiste a una bisagra jurídica donde el debate legislativo de la imputabilidad chocó de lleno con la cruda realidad de un aula que se salvó de la tragedia por centímetro

















