Sábado 5 de septiembre de 2026
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Entró en vigencia la ley que baja la imputabilidad a los 14 años

7 min de lectura

Ciento ochenta días exactos. Ese fue el tiempo que la propia ley se dio a sí misma para empezar a regir después de sancionada, y ese fue, también, el margen exacto que seis adolescentes señalados por homicidios necesitaron para quedar afuera de sus alcances. La reforma que baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años entró en vigencia este sábado en la Argentina. Llega, como suele pasar con las leyes que nacen de la indignación pública, después de la tragedia que la hizo posible, y demasiado tarde para varias de las tragedias que la siguieron mientras se esperaba su entrada en vigencia.

Una ley que corrió detrás de los hechos, literalmente

Hay algo perturbador en la cronología que arma esta historia. El Congreso votó la reforma en febrero. La ley, por su propio texto, estableció un plazo de 180 días antes de empezar a aplicarse. En el medio de esos seis meses de espera administrativa, ocurrieron al menos seis homicidios protagonizados por adolescentes de 14 y 15 años que hoy, por una cuestión pura y exclusivamente de fechas, seguirán bajo el régimen anterior: el de la inimputabilidad.

El caso más elocuente de esa brecha temporal es el del cabo Cristian Gerez, un suboficial de la Policía Federal de 36 años que, el 20 de julio pasado, circulaba en moto sin uniforme y fuera de servicio cuando dos adolescentes de 14 y 15 años lo habrían interceptado en Loma Hermosa. Uno de ellos, presuntamente el más joven, le habría disparado a corta distancia. Según indicaron los investigadores, ambos tendrían antecedentes de robos con armas de fuego en su haber, aunque no se pudo establecer si hay otras víctimas fatales en su historial. Si la ley ya hubiera estado vigente ese día, el más joven de los dos podría haber enfrentado hasta quince años de prisión. Por el simple hecho de haber ocurrido cinco meses antes de la fecha de entrada en vigencia, su horizonte legal es, en cambio, un máximo de cuatro años en un instituto de menores.

Cuatro años versus quince: la diferencia que hace una fecha en un calendario

Esa comparación —cuatro años contra quince— es quizás el dato que mejor resume la discusión de fondo. No se trata de si el chico de Loma Hermosa merece o no una pena severa: se trata de que la severidad de la respuesta penal terminó dependiendo, en la práctica, de en qué semana del año se cometió el delito. Es difícil encontrar un ejemplo más claro y más incómodo de lo arbitrario que puede volverse el derecho penal cuando una reforma tarda seis meses en implementarse mientras la violencia real, afuera de los despachos legislativos, no espera ningún calendario.

Los casos que también quedaron del otro lado de la línea

La lista no se agota en el cabo Gerez. Por un margen de menos de un mes quedó afuera del nuevo régimen un adolescente de 15 años señalado por matar a un peluquero en Avellaneda —un crimen filmado por las cámaras del propio local—, presuntamente porque el comerciante se negó a atenderlo. Tampoco alcanzará la nueva ley al joven de 15 años que, en mayo, habría matado de un disparo en la nuca a su propia madre, policía santafesina.

Y está, sobre todo, el caso que funcionó como disparador político de toda la reforma: Jeremías Monzón, un chico de apenas 15 años emboscado, torturado y asesinado a puñaladas —23, según registró la causa— por un grupo de adolescentes que además filmaron su agonía. Uno de los señalados como responsables de ese crimen quedó liberado de culpa en mayo por tener 14 años al momento del hecho. La ley que ese mismo crimen ayudó a destrabar en el Congreso llegó, para ese caso puntual, demasiado tarde.

También sigue sin resolución penal el adolescente que el 30 de marzo habría entrado armado con una escopeta a una escuela de San Cristóbal, Santa Fe, matando a un compañero de 13 años. Ayer, mientras se conocía esta noticia, los alumnos de esa misma escuela saltaron por las ventanas al confundir el estallido del neumático de un camión con un nuevo tiroteo. El miedo, a diferencia de la ley, no necesitó ciento ochenta días para instalarse.

Lo que cambia (y lo que no cambia tanto)

Conviene no simplificar el alcance real de la reforma: no es una ley que mande presos de por vida a chicos de 14 años. El propio texto prohíbe la prisión perpetua para adolescentes, fija un máximo de quince años de encierro, y habilita salidas alternativas —domiciliarias, tobilleras, institutos de régimen abierto— para buena parte de los delitos que no impliquen muerte o violencia grave. Incluso en los casos más severos, la libertad condicional puede llegar al cumplirse dos tercios de la condena. Es, en los papeles, una ley con más matices de los que suele reconocerle el debate público, que tiende a resumirla como «ahora presos desde los 14».

La otra cara de la moneda: el riesgo de la reacción

Hay una preocupación que circula entre quienes trabajan en el sistema penal juvenil y que merece tanta atención como los casos ya ocurridos: que las organizaciones delictivas, lejos de desalentarse, reaccionen bajando todavía más la edad de los chicos que reclutan para sus operaciones más riesgosas. Ya pasó en Rosario en marzo de 2024, cuando bandas narco usaron a un adolescente de apenas 15 años —entonces inimputable— para disparar al azar como forma de presión sobre el gobierno provincial. Si el nuevo piso legal es ahora 14, la lógica criminal más cínica podría simplemente correr el objetivo un año hacia abajo, hacia chicos de 12 o 13 años que todavía queden fuera de cualquier alcance penal.

Es la paradoja de fondo que ninguna reforma de imputabilidad, tomada de manera aislada, logra resolver por sí sola: mientras exista una edad debajo de la cual no hay consecuencia penal posible, seguirá existiendo un incentivo perverso para que alguien, en algún lugar del país, busque reclutar a los chicos más chicos disponibles. La ley que empieza a regir este sábado cambia el número. No necesariamente cambia esa lógica.

Una cifra que todavía no existe

Hasta la entrada en vigencia de esta reforma, los adolescentes de 16 y 17 años representaban, según los datos disponibles, entre el 5% y el 8% del total de imputados por homicidios o robos agravados en el país. Es una proporción minoritaria dentro del total de la violencia criminal, aunque con un peso simbólico y mediático mucho mayor al que sugeriría ese porcentaje, en buena medida por el impacto que generan casos como los relatados en esta nota. Recién con las estadísticas oficiales correspondientes al año 2027 se podrá saber, con datos concretos y no con impresiones, si bajar el piso de imputabilidad a los 14 años modificó sustancialmente ese número, o si simplemente trasladó el problema hacia una franja etaria todavía más joven, la que hoy queda, otra vez, del otro lado de la línea legal.

Esa es, en definitiva, la pregunta que ninguna ley puede responder por sí sola el día de su entrada en vigencia, y que solo el tiempo —con sus propias tragedias, ojalá las menos posibles— terminará de contestar con datos concretos y verificables.

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