Carrió se presentó ante la Justicia y pidió el cierre del caso por inexistencia de delito al plantear la “excepción por falta de acción”

Elisa Carrió se presentó en el expediente en el que se investiga la fiesta en Olivos ya que, por ahora, está sumada allá la denuncia por haber celebrado su cumpleaños con más de 70 personas el 26 de diciembre de 2020 en su casa situada en el partido de Exaltación de la Cruz.

Carrió pidió el cierre del caso por inexistencia de delito al plantear la “Excepción por falta de acción”, tal como hizo Alberto Fernández en el caso de la fiesta de Yañez, dijo que no cometió delito porque para entonces en la zona donde se hizo la reunión estaban permitidos los encuentros de hasta 100 personas. En caso de que no le hicieran lugar a la “excepción por falta de acción”, pidió que se declaren inconstitucionales los decretos de necesidad y urgencia dictados para contener la pandemia.

La presentación de Carrió señala que: “Existe un viejo adagio legal que reza, “quien puede lo más, puede lo menos”, de tal manera, que resultaba totalmente impensado que una reunión en un predio con gran extensión de espacio abierto, alejada por completo de un conglomerado urbano, en un contexto de flexibilización de las medidas de aislamiento, y siendo que se autorizaban actividades análogas en todo ese espacio, pudiera constituir o infringir norma alguna, a la luz del sinnúmero de actividades sociales, comerciales, deportivas, y culturales que habían sido autorizadas. Así como resulta de dudosa constitucionalidad, una norma que prohíba a algunos, lo que a otros expresamente autoriza, en iguales circunstancias”

Y continúa: “Es claro, que jamás hubo de mi parte intención alguna de violar normas sanitarias, o introducir peligro alguno para la salud pública. Es claro que jamás he obrado con voluntad de no acatar la norma sanitaria. Máxime cuando he respetado a rajatabla todas las restricciones dispuestas desde el mes de marzo de 2020, habiendo permanecido en estricto aislamiento en mi domicilio -como es de público y notorio-; sin 6 perjuicio de mis consideraciones sobre la constitucionalidad o la oportunidad, mérito y conveniencia de algunas de ellas”. El caso de Carrió, que aún no tiene impulso fiscal, de prosperar podría pasar de la justicia federal de San Isidro a la de Campana, que tiene jurisdicción en Exaltación de la Cruz.

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