La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió dejar sin efecto la medida cautelar que suspendía parte de la reforma laboral y restableció la vigencia de 83 artículos de la Ley 27.802, al otorgar efecto suspensivo a la apelación presentada por el Estado nacional.
La decisión fue adoptada por la Sala VIII del tribunal, integrada por los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino, en el marco de la causa iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado.
De este modo, quedó sin efecto la resolución de primera instancia dictada por el juez Enrique Ojeda, quien había suspendido la aplicación de una parte sustancial de la norma tras hacer lugar a un planteo sindical.
Qué implica el fallo
El punto central del fallo radica en el cambio del efecto del recurso de apelación. Inicialmente, había sido concedido con efecto devolutivo, lo que permitía que la cautelar siguiera vigente. Sin embargo, la Cámara resolvió otorgarle efecto suspensivo, lo que implica que la medida queda sin aplicación mientras se analiza el fondo del caso.
En términos prácticos, esto significa que los artículos de la reforma laboral que habían sido frenados vuelven a estar vigentes hasta que haya una definición judicial definitiva.
La decisión se basó en lo establecido por la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado, y que prevé que cuando se suspenden normas legales, las apelaciones deben concederse con efecto suspensivo, salvo en casos excepcionales.
El trasfondo del conflicto
La CGT había cuestionado distintos aspectos de la reforma impulsada por el Gobierno, al considerar que afecta derechos laborales y sindicales. Entre los puntos objetados se encuentran cambios en el régimen de indemnizaciones, condiciones de contratación, jornada laboral y representación gremial.
En su presentación, la central obrera argumentó la existencia de riesgo de daño irreparable, lo que había sido considerado válido en primera instancia para dictar la cautelar.
Por su parte, el Estado —a través de la Procuración del Tesoro— apeló la decisión y sostuvo que no existía un caso concreto que justificara la suspensión de una ley sancionada por el Congreso.
Qué puede pasar ahora
Con este fallo, el expediente entra en una nueva etapa. La Cámara deberá pronunciarse sobre el fondo de la cuestión y definir si la cautelar corresponde o no.
En paralelo, el Gobierno también impulsó un recurso extraordinario por “per saltum” para que intervenga la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Mientras tanto, la reforma laboral permanece vigente en los términos establecidos por la ley, aunque la disputa judicial continúa abierta y podría escalar a instancias superiores.