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El exjuez penal y asesor de la firma Oroblock sostiene que la tokenización de ingresos futuros de proyectos mineros puede convertirse en una fuente de financiamiento para provincias y municipios. La iniciativa se vincula con el proyecto Corina, en La Rioja, y con una propuesta legislativa presentada en Diputados, que todavía debe ser debatida.

Tokenización de regalías
La tokenización de regalías y otros ingresos derivados de los recursos naturales podría abrir una nueva vía de financiamiento para provincias y municipios. Así lo planteó el exjuez penal Daniel Llermanos, quien asesora a la firma Oroblock y promueve un esquema vinculado con el proyecto minero Corina, ubicado en La Rioja.
La propuesta consiste en transformar una parte de los ingresos que un emprendimiento podría generar en el futuro en derechos económicos representados digitalmente. De esa manera, una empresa o jurisdicción podría recibir recursos antes de que se materialicen esos ingresos, a cambio de comprometer una porción de los cobros futuros bajo condiciones previamente establecidas.
“La idea es tomar el rumbo de la emisión de tokens de regalías de activos en sintonía con el proyecto de ley que ya fue presentado en el Congreso”, explicó Llermanos en declaraciones difundidas por Noticias Argentinas el 11 de octubre.
El planteo se apoya en una premisa financiera: disponer hoy de una parte de los ingresos que, de otro modo, llegarían dentro de varios años. Sin embargo, el mecanismo también plantea interrogantes sobre el riesgo de producción, las condiciones que aceptarían los inversores y la posibilidad de comprometer recursos futuros durante períodos prolongados.
Por ahora, la propuesta empresarial y la iniciativa legislativa deben distinguirse de una política pública aprobada. El proyecto de ley que impulsa un régimen específico de tokenización fue presentado en la Cámara de Diputados, pero no se convirtió en ley.
Cómo funcionaría la tokenización de ingresos mineros

“Una regalía que entra en cinco o diez años no pavimenta la ruta de este año”.
La tokenización consiste en representar digitalmente un derecho económico mediante un instrumento que puede transferirse y negociarse bajo determinadas reglas. En el esquema que describen Llermanos y sus colaboradores, el inversor no compraría una parte del yacimiento ni adquiriría derechos sobre el territorio provincial: recibiría un derecho de cobro asociado con una proporción de los ingresos futuros contemplados en el instrumento.
Llermanos resumió la ventaja financiera de esa operación con una frase: “Una regalía que entra en cinco o diez años no pavimenta la ruta de este año”. Según su argumento, anticipar una parte de esos ingresos permitiría financiar infraestructura y obras sin esperar a que el proyecto productivo genere todos los recursos previstos.
El abogado también señaló que la operación podría abrir el acceso a inversores que no participan habitualmente de los instrumentos de financiamiento de algunas jurisdicciones. Para que eso ocurra, no obstante, la estructura debe ofrecer información verificable, definir con claridad los derechos del tenedor y contar con mecanismos de control.
La propuesta no garantiza por sí misma una inversión ni asegura que los ingresos futuros vayan a concretarse. El rendimiento de esos instrumentos dependería de la producción efectiva, los costos operativos, los precios de los minerales y las obligaciones fiscales vinculadas con cada proyecto.
Corina, el proyecto minero que impulsa Oroblock
El planteo de Oroblock se relaciona con el proyecto Corina, ubicado en el Valle de Antinaco-Los Colorados, en La Rioja, en las inmediaciones de la histórica mina La Mejicana.
De acuerdo con la información publicada por Minerales del NOA, el área comprende 24.647 hectáreas distribuidas en once sectores. Los expedientes vinculados con esas áreas comenzaron entre 2022 y 2023 y contemplan minerales de interés como oro, cobre y plata.
Un elemento resulta fundamental para analizar la propuesta: Corina se encuentra en etapa de exploración. Por lo tanto, no debe presentarse como una mina en producción ni como una fuente de regalías ya consolidadas.
Para que un proyecto exploratorio genere ingresos mineros, primero debe avanzar en los estudios técnicos, acreditar recursos y reservas, obtener las autorizaciones pertinentes, financiar su desarrollo y alcanzar una etapa de explotación comercial. Cada uno de esos pasos puede modificar los plazos, los costos y las perspectivas de producción.
Manuel Arias, director financiero de Oroblock, afirmó: “Estamos trabajando con provincias y municipios para estructurar la tokenización de regalías y de flujos derivados de bienes del dominio público”.
La empresa sostiene que el mecanismo puede atraer capital privado nacional e internacional. Sin embargo, el interés de potenciales inversores, las condiciones finales de una eventual emisión y los montos que podrían obtenerse son cuestiones que requieren información específica para cada operación.
Qué se propone tokenizar
La propuesta no plantea vender el yacimiento ni transferir la soberanía sobre los recursos naturales. El mecanismo apunta a representar un derecho económico sobre una parte de los ingresos futuros de un proyecto.
La diferencia es importante: el recurso natural permanece bajo el régimen jurídico correspondiente, mientras que el instrumento financiero representa un derecho de cobro sujeto a condiciones, plazos y riesgos.
El proyecto de ley presentado en Diputados
La iniciativa legislativa relacionada con el planteo fue presentada por la diputada nacional Marcela Pagano, del bloque Coherencia, el 12 de marzo de 2026. Se identifica como expediente 0435-D-2026 y lleva el título “Régimen de Tokenización Soberana de Flujos Productivos de Recursos Naturales Estratégicos”.
El proyecto fue girado a las comisiones de Finanzas, Energía y Combustibles, Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano, y Presupuesto y Hacienda. Su estado es el de una iniciativa legislativa en trámite: todavía debe atravesar el tratamiento parlamentario correspondiente.
El texto establece que los instrumentos representarían derechos económicos sobre flujos futuros netos de proyectos productivos vinculados con recursos estratégicos, entre ellos hidrocarburos, litio y otros minerales críticos, gas natural, hidrógeno verde y determinados emprendimientos de energía renovable.
También aclara que los tenedores de los tokens no adquirirían derechos reales sobre los recursos naturales, participación societaria ni poder de voto en la administración de los proyectos.
El borrador dispone que cada emisión deberá contar con certificación independiente de reservas, una estimación auditada de los flujos económicos, evaluación de impacto ambiental y autorización de oferta pública de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Además, exige un convenio entre la Nación y la provincia titular del recurso, aprobado por la legislatura provincial correspondiente.
El límite previsto en el proyecto
El artículo 18 establece que la emisión total de tokens sobre un proyecto productivo no podrá superar el 20% del flujo futuro neto proyectado, calculado sobre la base de reservas probadas.
El texto también fija otros límites prudenciales y contempla una reserva de contingencia para afrontar posibles déficits de producción o variaciones desfavorables de precios. Se trata de disposiciones propuestas: su aplicación dependerá de la sanción de la ley y de su reglamentación.
Qué permite actualmente la CNV
La Comisión Nacional de Valores ya cuenta con un régimen para representar digitalmente determinados valores negociables. El 10 de junio de 2026 aprobó la Resolución General 1150, que amplió los instrumentos admitidos dentro de los regímenes de oferta pública automática y prorrogó el sandbox regulatorio hasta el 31 de diciembre de 2027.
La norma contempla diferentes instrumentos del mercado de capitales, entre ellos acciones, obligaciones negociables, valores representativos de deuda y determinadas participaciones en fideicomisos y fondos de inversión, siempre bajo las condiciones que establece la regulación.
Ese marco constituye un antecedente para las operaciones de tokenización, pero no significa que cualquier ingreso futuro pueda emitirse y negociarse automáticamente como token. Cada estructura debe encuadrarse en los instrumentos admitidos y cumplir con las exigencias legales y regulatorias aplicables.
Arias afirmó que, aun antes de que se sancione el proyecto legislativo específico, es posible tokenizar ciertos activos dentro del marco de la CNV. Esa afirmación debe leerse en relación con los instrumentos que la normativa vigente admite, no como una autorización general para comprometer regalías públicas sin controles.
El principal riesgo: comprometer ingresos que todavía no existen
Llermanos reconoció que el flujo económico futuro puede no materializarse si un proyecto no llega a producir. Por eso, sostuvo que las jurisdicciones deben asumir obligaciones de transparencia y facilitar información a quienes compren los instrumentos.
“A cambio, el municipio acepta tres cosas que tiene que decir en voz alta: que el flujo puede no existir si no hay producción, que el inversor va a exigir información, y que la opacidad deja de ser una herramienta de gestión”, señaló.
Consultado sobre el riesgo de que el mecanismo se transforme en deuda encubierta, respondió: “Si se diseña mal puede convertirse en deuda”. El abogado explicó que comprometer la totalidad de un flujo durante veinte años puede generar una situación similar al endeudamiento, mientras que afectar una fracción menor, con condiciones vinculadas con la producción efectiva y posibilidades de recompra, supone otra distribución de los riesgos.
“La diferencia no es tecnológica. Es de contrato”, afirmó.
La advertencia tiene especial relevancia para proyectos en etapa exploratoria, como Corina. Si la producción se demora, los costos aumentan o los precios de los minerales caen, el flujo disponible puede ser menor al previsto. Por eso, la evaluación debería incluir escenarios adversos, plazos, garantías y el costo financiero de adelantar recursos.
Por qué las provincias buscan alternativas
El debate se desarrolla en un contexto de restricciones para las cuentas provinciales. Según la consultora Politikon Chaco, citada por Noticias Argentinas, las transferencias no automáticas de la Nación acumularon entre enero y julio de 2026 una caída real del 83,2% frente al mismo período de 2023.
En ese escenario, adelantar ingresos futuros puede resultar atractivo para financiar obras o infraestructura. Pero la operación no genera por sí misma nuevas regalías: anticipa una parte de los recursos que podrían cobrarse después y reduce la disponibilidad futura de esa porción.
La discusión todavía tiene dos etapas abiertas: el desarrollo de las propuestas privadas vinculadas con proyectos específicos y el tratamiento del régimen legislativo en el Congreso. Para evaluar su conveniencia, las provincias deberán comparar el costo de esa financiación con otras alternativas y determinar qué proporción de ingresos futuros pueden comprometer sin afectar sus presupuestos.
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