Funes de Rioja planteó no pagar salarios a quienes no se vacunen contra el coronavirus

La Unión Industrial Argentina (UIA) planteó este martes que las empresas podrán considerar eliminar la dispensa a los trabajadores que decidan no inocularse y, ante la imposibilidad de incorporarlos al ámbito laboral, evaluar «cesar la remuneración».

Así lo planteó este martes el presidente de la UIA, Daniel Funes de Rioja, en una rueda de prensa realizada tras la reunión de Junta Directiva en la que se analizó el contexto sanitario de la actividad productiva y la necesidad de «un entorno más propiciable» en cuestiones como la dispensa de los trabajadores no vacunados.

«Aquel que está con primera dosis ya puede ser convocado, pero se genera el problema con los que no quieren vacunarse. En ese caso nadie puede obligarlos, pero nadie puede obligar a insertarlos en un medio laboral con riesgo para otros trabajadores y sus familias. Por lo tanto entendemos que en esos casos cesa la dispensa y cesa la remuneración», expresó Funes de Rioja.

Desde abril de 2020, el Gobierno nacional dispuso que los trabajadores alcanzados por el aislamiento social, preventivo y obligatorio quedaban dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo con el objetivo principal de evitar la propagación de la pandemia, en un marco de buena fe contractual.

«Para la preservación del lugar de trabajo adoptamos protocolos de prevención para evitar dentro de los ámbitos fabriles con una performance muy positiva, y hoy es inevitable que quien quiera entrar en el lugar de trabajo colectivo tiene que tomar las medidas del caso y si no quiere vacunarse no podrá ingresar al lugar de trabajo», enfatizó el titular de la UIA.

En ese caso, entendió debe cesar «la dispensa que la norma le autorizaba a no trabajar, en muchos casos ni siquiera de forma remota pero seguían recibiendo sus haberes u otras asignaciones. Esta obligación atendía un principio de buena fe por la cual había una contraprestación porque no había vacuna. Ahora existe y esto tiene una contrapartida que es el cese de la obligación del pago respectivo».

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