Martes 30 de junio de 2026
Oficial $1.500,00Blue $1.515,00MEP $1.519,00

La Procuración pidió a la Corte revocar la cautelar que restituyó la pensión de Cristina Kirchner

4 min de lectura

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que la Corte Suprema debería revocar la medida cautelar que permitió a Cristina Fernández de Kirchner volver a percibir provisoriamente la pensión vitalicia como viuda del ex presidente Néstor Kirchner.

En un dictamen de 13 páginas, el jefe del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la decisión de la Cámara Federal de la Seguridad Social presenta una «contradicción jurídica insalvable» y desconoce los efectos de la condena firme por corrupción que pesa sobre la ex mandataria en la causa Vialidad.

Si bien la opinión de Casal no es vinculante, constituye el último paso procesal antes de que la Corte Suprema resuelva el expediente.

Los argumentos del procurador

El dictamen cuestiona el fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había ordenado restituir de manera provisoria la pensión mientras continúa el juicio principal sobre la legalidad de la decisión de la ANSES de dar de baja ese beneficio.

Según Casal, los camaristas incurrieron en una contradicción al reconocer que corresponde al juez de ejecución penal determinar el alcance de la condena y de la inhabilitación absoluta prevista en el artículo 19 del Código Penal, pero al mismo tiempo disponer una cautelar que, en los hechos, dejó sin efecto temporalmente esas consecuencias.

Para el procurador, esa decisión carece de la «unidad lógico-jurídica» que debe tener toda sentencia y afecta el respeto debido a una condena penal firme.

El alcance de la condena

Casal también sostuvo que la Cámara omitió analizar uno de los principales argumentos planteados por el Estado: la aplicación del artículo 19 del Código Penal, que establece que las condenas a prisión superiores a tres años llevan aparejada la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, incluida la suspensión del goce de jubilaciones, pensiones o retiros.

A su entender, los jueces privilegiaron el carácter alimentario de la prestación sin evaluar adecuadamente los efectos jurídicos derivados de la condena firme por corrupción.

Además, advirtió que el fallo genera un «grave conflicto institucional», al interferir con los efectos de una sentencia penal firme mediante una medida cautelar dictada en otro fuero.

Por ese motivo, pidió a la Corte Suprema hacer lugar al recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal y dejar sin efecto la restitución provisoria del beneficio.

Cómo se originó el caso

La controversia comenzó en noviembre de 2024, cuando la ANSES resolvió dar de baja las asignaciones vitalicias que percibía Cristina Kirchner como expresidenta y como viuda de Néstor Kirchner, luego de que la condena en la causa Vialidad quedara confirmada.

El Gobierno sostuvo que una condena firme por hechos de corrupción resulta incompatible con el cobro de beneficios especiales destinados a quienes ejercieron la Presidencia de la Nación.

La defensa de la ex mandataria, en cambio, planteó que la decisión administrativa carecía de sustento legal suficiente y reclamó el restablecimiento de la pensión mientras se resuelve el juicio de fondo.

En primera instancia, el pedido cautelar fue rechazado, pero posteriormente la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó esa decisión y ordenó restituir provisoriamente la prestación al considerar que posee carácter alimentario y que su suspensión podía ocasionar un perjuicio de difícil reparación.

La decisión, en manos de la Corte

Luego de que la Cámara rechazara el recurso extraordinario presentado por el Estado, el caso llegó a la Corte Suprema mediante un recurso de queja.

Con el dictamen de Casal incorporado al expediente, el máximo tribunal deberá definir si mantiene la cautelar que permitió restablecer la pensión o si hace lugar al planteo de la ANSES y del Ministerio Público Fiscal, que sostienen que la condena firme por corrupción y la inhabilitación absoluta impiden que Cristina Kirchner continúe percibiendo ese beneficio mientras se resuelve la cuestión de fondo.

El fallo que adopte la Corte también podría fijar un criterio sobre el alcance de las consecuencias previsionales derivadas de condenas penales firmes en casos de ex funcionarios que perciben beneficios especiales previstos por la legislación vigente.

Compartir
Sitio protegido por Google reCAPTCHA. Ver políticas de privacidad y términos de servicio.

Desarrollo Web Efemosse