ARCA modificó el régimen de IVA para ventas en plataformas digitales: quiénes deberán pagar ahora

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los parámetros del régimen especial de IVA para usuarios que venden bienes o servicios a través de plataformas digitales como Mercado Libre, Tiendanube y otros marketplaces.

La nueva Resolución General 5794/25, publicada en el Boletín Oficial, entró en vigencia el 1° de diciembre y redefine cuándo una persona es considerada habitualista en el comercio electrónico, condición que determina la aplicación de percepciones del impuesto.


A quiénes alcanza el nuevo régimen

La normativa aplica a:

  • Vendedores de cosas muebles no registrables (nuevas o usadas).
  • Prestadores de servicios y locadores de obra que operen mediante plataformas digitales.
  • Personas que no estén inscriptas en IVA ni registradas como exentas, no alcanzadas o adheridas al Monotributo.

Es decir, apunta especialmente a usuarios particulares que comercializan por internet de manera frecuente o reiterada, pero no están categorizados en el sistema tributario.


Nuevos parámetros de habitualidad

ARCA estableció tres criterios para determinar si un usuario del comercio electrónico opera de manera habitual:

1. Habitualidad mensual

  • 10 o más operaciones al mes
  • Y un monto total igual o superior a $750.000

2. Habitualidad por cuatrimestre

  • 4 o más operaciones por mes durante 4 meses consecutivos
  • Con un acumulado igual o superior a $750.000

3. Venta de bienes usados de uso personal

  • No se consideran habituales si el monto es menor a $1.500.000
  • Y el vendedor realiza una declaración previa de que se trata de bienes personales usados.

La actualización corrige parámetros “totalmente desfasados” por la inflación y el crecimiento del e-commerce, según remarcó el organismo.


Qué cambia para los vendedores

Una vez que se verifica la habitualidad:

  • El usuario pasa a ser considerado “sujeto no categorizado” en IVA (desde el mes siguiente).
  • Las plataformas deberán identificar al vendedor por CUIT, CUIL o CDI de manera obligatoria.
  • Las percepciones de IVA deberán figurar claras y discriminadas en las facturas.
  • El usuario dejará de estar alcanzado cuando se inscriba en IVA, en Monotributo o cuando deje de cumplir los criterios de habitualidad.

Además, ARCA reemplazará las notificaciones por domicilio fiscal electrónico y centralizará la información en el servicio con clave fiscal “Nuestra Parte”.


Por qué se actualiza el régimen

ARCA explicó que la medida moderniza los montos y procedimientos para adecuarlos al fuerte crecimiento del comercio electrónico y para dar “mayor certeza a contribuyentes y operadores”.


El avance del e-commerce en Argentina

El comercio electrónico ya representa uno de cada cuatro pesos del consumo total del país.

Según la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE):

  • Facturación del primer semestre de 2025: $15,3 billones (+79% interanual)
  • Inflación del período: 39,4%
  • Órdenes de compra: 149,5 millones (+46%)
  • Unidades vendidas: 203,9 millones
  • Ticket promedio: $102.449

Hogar y Decoración, Belleza, Indumentaria y Electrónica son las categorías con mayor penetración. El crecimiento en Alimentos y Bebidas también fue destacado por la CACE, aunque aún no compensa la baja en comercios físicos.

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