Lunes 8 de junio de 2026

Cristina Kirchner pidió beneficios del régimen de progresividad de la pena y la Justicia lo rechazó

3 min de lectura

A casi un año de haber quedado detenida en la causa Vialidad, la defensa de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner solicitó que se le apliquen los beneficios previstos en el régimen de progresividad de la pena contemplado en la Ley de Ejecución Penal 24.660. Sin embargo, la Justicia rechazó el planteo al considerar que ese esquema está diseñado para personas que cumplen condena en establecimientos penitenciarios y no en prisión domiciliaria.

El pedido fue desestimado por el juez del Tribunal Oral Federal 2, Rodrigo Giménez Uriburu, en el marco de una resolución que también rechazó otras solicitudes de la defensa, entre ellas la eliminación del uso de tobillera electrónica y la flexibilización de las restricciones de visitas y salidas en su domicilio de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Constitución.

El planteo de la defensa

Los abogados de la ex mandataria, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, argumentaron que Cristina Kirchner ha cumplido de manera estricta con las reglas de conducta impuestas desde el inicio de su detención, el 17 de junio de 2025, y que por ese motivo correspondería una “flexibilización gradual” de las condiciones actuales.

En ese sentido, sostuvieron que debía aplicarse el principio de progresividad de la pena, que prevé etapas de tratamiento durante la ejecución de la condena, con el objetivo de avanzar hacia condiciones menos restrictivas de cumplimiento.

La defensa también pidió el cese de las limitaciones a las visitas y la ampliación de las salidas permitidas dentro del régimen domiciliario.

La respuesta de la Justicia

El juez Giménez Uriburu rechazó el planteo al entender que el régimen de progresividad previsto en la Ley 24.660 está orientado al cumplimiento de penas dentro del sistema penitenciario, donde los internos transitan distintas etapas que pueden incluir regímenes abiertos o semiabiertos.

En ese marco, sostuvo que la prisión domiciliaria constituye una modalidad excepcional de cumplimiento de la pena, con un régimen jurídico propio, por lo que no corresponde trasladar de manera automática las reglas de progresividad previstas para el sistema carcelario.

“Las normas sobre progresividad se encuentran concebidas para el cumplimiento de penas privativas de libertad dentro del sistema penitenciario”, señala la resolución, al remarcar que su finalidad es facilitar la reinserción social dentro de ese esquema institucional.

El magistrado añadió que, aun en contextos de cárcel común, existen límites establecidos respecto de visitas, horarios y condiciones de régimen, por lo que no se desprende una obligación legal de flexibilización en el caso de detención domiciliaria.

Contexto de la condena

Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta en la causa Vialidad, sentencia que quedó firme tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia el 10 de junio de 2025.

Siete días después, el 17 de ese mes, comenzó a cumplir la pena bajo arresto domiciliario en su departamento de San José 1111.

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