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El Gobierno reglamentó el nuevo Fondo de Despidos que reemplaza el sistema de indemnizaciones tradicional vigente desde la Ley de Contrato de Trabajo de 1976. La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, entrará en vigencia 90 días después de su publicación y busca reducir el costo laboral para las empresas.

El nuevo sistema representa un cambio estructural en la relación laboral argentina. Hasta ahora, el trabajador despedido sin justa causa recibía una indemnización calculada en base a su antigüedad y sueldo, pagada íntegramente por el empleador. Con el Fondo de Despidos, el dinero se acumula mes a mes en una cuenta individual.
“Es un sistema de ahorro individual. El trabajador se va con su propia plata acumulada, no depende de que la empresa tenga liquidez en el momento del despido”, explicaron desde el Ministerio de Economía durante la presentación de la reglamentación.
Cuánto se aporta y quién administra
El mecanismo es simple en su enunciado pero complejo en su implementación. Todos los empleadores del sector privado deberán depositar mensualmente el equivalente al 1% de la remuneración bruta de cada trabajador en una cuenta individual e intransferible.
El cálculo se realiza sobre el salario bruto, incluyendo horas extras, adicionales y bonificaciones habituales. No se consideran los beneficios no remunerativos como viáticos o ropa de trabajo.
¿Quién administra el dinero? El sistema será administrado por la ANSES junto a entidades bancarias privadas que resulten adjudicatarias de una licitación pública que se abrirá en los próximos 30 días. Los bancos se llevarán una comisión que aún no fue definida pero que, según fuentes oficiales, “no superará el 0,3% anual del fondo administrado”.
La cuenta es individual. Eso significa que cada trabajador tiene su propia acumulación. Si cambia de empleo, el fondo lo sigue. Si trabaja para varias empresas al mismo tiempo, cada empleador aporta por separado.
“El trabajador se va con su propia plata acumulada. No depende de que la empresa tenga liquidez en el momento del despido”
— Ministerio de Economía
Cómo se retira el dinero
La parte más sensible del nuevo sistema es el retiro. El fondo acumulado podrá retirarse íntegramente en caso de despido sin justa causa. También podrá retirarse por renuncia voluntaria, pero en ese caso el trabajador recibirá solo el 70% del acumulado; el 30% restante vuelve al fondo solidario del sistema.
¿Qué pasa si el despido es con causa justa? El trabajador pierde el derecho a retirar el dinero. El total acumulado vuelve al fondo solidario.
¿Qué pasa si el trabajador muere? El dinero va a sus herederos legales, en el mismo orden de sucesión que el resto de los bienes.
“El trabajador que es despedido por su culpa se queda sin indemnización y sin su propio ahorro. Eso es una doble penalización”, advirtió una fuente sindical que pidió reserva de identidad.
El sistema también establece un tope máximo de 12 meses de aportes acumulables. Es decir, si un trabajador estuvo 20 años en la misma empresa, sólo recibirá el equivalente a 12 meses de sueldo. Los aportes excedentes vuelven al fondo solidario.
Excepciones y plazos
No todas las empresas están obligadas. Las PyMEs con menos de 5 empleados pueden adherirse voluntariamente al sistema, pero no están forzadas a hacerlo. En esos casos, seguirá rigiendo el sistema indemnizatorio tradicional.
Las empresas que ya tenían litigios judiciales por despidos anteriores quedarán exceptuadas del nuevo sistema hasta tanto regularicen su situación. La medida busca evitar que las demandas pendientes queden en el limbo legal y que los trabajadores con juicios iniciados pierdan sus derechos adquiridos.
El plazo de entrada en vigencia es de 90 días desde la publicación en el Boletín Oficial. Ese tiempo, explicaron desde el Gobierno, es para que las empresas adecúen sus sistemas contables y de liquidación de sueldos. También para que ANSES termime de reglamentar la operatoria bancaria.
“El trabajador que es despedido por su culpa se queda sin indemnización y sin su propio ahorro. Eso es una doble penalización”
— Fuente sindical
Las cifras del nuevo sistema
El Gobierno realizó estimaciones sobre el impacto del Fondo de Despidos:
| Indicador | Estimación oficial |
|---|---|
| Trabajadores alcanzados | 8 millones |
| Aporte anual estimado | $15.000 millones |
| Ahorro empresario por despido | 65% promedio |
| Trabajadores con tope de 12 meses | 1,2 millones (con más de 12 años de antigüedad) |
| Plazo de implementación total | 18 meses |
“El sistema es sostenible. Con el 1% de aporte, el fondo se capitaliza solo. Las cuentas individuales generan rendimientos por su propia acumulación”, explicaron técnicos del Ministerio de Economía.
Sin embargo, consultoras privadas pusieron en duda esos números. “Para un trabajador de 10 años de antigüedad y $500.000 de sueldo, el sistema tradicional le daba $5.000.000 de indemnización. El nuevo sistema, con el 1% acumulado 10 años, le da apenas $600.000. Es una pérdida del 88%”, calculó el economista laboral Martín Kalos.
La reacción de los gremios
Los sindicatos ya anticiparon una ofensiva judicial y gremial. La CGT anunció que presentará un amparo ante la Corte Suprema argumentando inconstitucionalidad.
“El sistema es claramente inconstitucional. La Corte Suprema ya falló a favor de la intangibilidad de la indemnización en fallos como ‘Vizzoti’ y ‘Aquino’. Esto vulnera el derecho de propiedad del trabajador”, señaló el constitucionalista Andrés Gil Domínguez.
La CTA también se pronunció. “No vamos a permitir que nos roben la indemnización. El 1% es una miseria. El tope de 12 meses es un robo a los trabajadores de mayor antigüedad. Vamos al paro”, anunció su secretario general.
El Gobierno, por su parte, confía en que la Justicia avale la medida. “No hay derecho adquirido a una indemnización calculada de una manera determinada. El Estado puede modificar el sistema mientras respete el principio de progresividad”, argumentaron desde la Procuración del Tesoro.
Qué viene ahora
Los próximos 90 días serán clave. Las empresas deben adecuar sus sistemas. Los bancos deben preparar la infraestructura. ANSES debe reglamentar la operatoria. Y los gremios deben decidir si van a la Justicia, a la calle o a ambas.