Martes 14 de julio de 2026
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Tras 20 años de espera, indemnizarán a una pareja por perderles la valija en su luna de miel

2 min de lectura

Una pareja que sufrió la pérdida de su equipaje durante su luna de miel en 2006 recibirá una indemnización luego de que la Justicia determinara la responsabilidad de la empresa de transporte. El hecho ocurrió durante un viaje en micro a Villa Carlos Paz y obligó a los recién casados a interrumpir sus vacaciones y regresar antes de lo previsto.

Según el fallo, la pareja había despachado su equipaje antes de partir y contaba con el correspondiente comprobante. Sin embargo, al llegar a destino descubrieron que la valija no estaba en la bodega del colectivo y la empresa no pudo explicar qué había ocurrido.

Una luna de miel arruinada

El equipaje contenía ropa, artículos de higiene personal, una cámara fotográfica, una depiladora y otros objetos de uso cotidiano. Ante la falta de respuestas, los viajeros realizaron la denuncia correspondiente, compraron ropa de urgencia para continuar su estadía y, finalmente, decidieron regresar antes de la fecha prevista.

Tras no obtener una solución por parte de la empresa, iniciaron una demanda reclamando tanto los bienes perdidos como el daño moral ocasionado por el frustrado viaje de bodas.

La Justicia responsabilizó a la empresa

Durante el proceso judicial, la empresa demandada no respondió en tiempo y forma, por lo que fue declarada en rebeldía. El tribunal consideró acreditados los hechos denunciados y recordó que el transportista es responsable del equipaje despachado como parte del contrato de transporte.

Además, valoró los testimonios presentados por allegados a la pareja y la documentación incorporada al expediente para confirmar tanto la pérdida del equipaje como las consecuencias que tuvo sobre la luna de miel.

La indemnización

La sentencia fijó una indemnización total de 3.003.960 pesos, de los cuales:

  • $3.960 corresponden al valor de los bienes extraviados al momento del hecho.
  • $3.000.000 fueron otorgados en concepto de daño moral, actualizado a valores de 2026.

Cada uno de los integrantes de la pareja recibirá $1.501.980, más los intereses correspondientes.

El fallo también ordenó que la empresa abone la indemnización dentro de los diez días posteriores a que la liquidación quede firme y estableció que las costas del proceso deberán ser afrontadas por la parte demandada.

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